viernes, 10 de agosto de 2007

Seseña adjudicación de suelo para viviendas de protección oficial


VIVIENDAS DE PROTECCIÓN OFICIAL

El Equipo de Gobierno del Ayuntamiento de Seseña da el visto bueno al Pliego de Condiciones Económico Administrativas para la venta, mediante concurso, de 28 parcelas municipales situadas en la UE 17 calle la Huerta ( junto al polideportivo) y en el SAU 13 ( Junto a la piscina municipal y nuevo colegio de primaria).
La adjudicación se efectuará por sistema de concurso en las condiciones reflejadas en el Pliego.
Como consecuencia de los fines de carácter social que se persiguen con éste concurso de enajenación de suelo público se establece un precio para viviendas de protección oficial unifamiliares que no podrá ser modificado ni al alza ni a la baja por no ser el valor del suelo una circunstancia determinante para la adjudicación del concurso.
Los criterios de selección de las empresas o personas concursantes para la adquisición de las parcelas y la posterior construcción de las viviendas serán los siguientes: Precio de adjudicación de las viviendas, memoria de calidades de la promoción, ayudas al comprador, plazo de ejecución de las viviendas y experiencia en el sector.
La adjudicación de las viviendas, tras ser otorgada la escritura de transmisión del suelo, se realizará por sorteo entre las personas solicitantes que acrediten los siguientes requisitos: Ser mayor de edad con anterioridad a la fecha de plazo de presentación de solicitudes y estar empadronados en el término municipal con anterioridad al día 1 de enero de 2.004; no haber cumplido 31 años de edad; contar con unos ingresos familiares corregidos conforme a lo establecido en los art. 20 y 21 del RD 3/2004, de 20 de enero, de Régimen jurídico de viviendas de protección pública, que no excedan de 3,5 veces el SMI; no ser titular el solicitante ni ningún miembro de la unidad familiar (entendida ésta según lo dispuesto en el art. 19 del Decreto 3/2004, de 20 de enero, de DOCM nº 10 de 23-01-2004), de vivienda de propiedad libre o protegida en todo el territorio nacional, ni de derecho real, nuda propiedad o usufructo sobre alguna otra vivienda situada en dicho territorio, ni haber sido adjudicatario de viviendas de protección pública.; y por último, acreditar que el adquirente percibe ingresos mensuales por renta de trabajo suficientes para hacer frente al pago de la vivienda.
Con anterioridad al sorteo se publicarán las listas provisionales de admitidos, otorgando un plazo para la subsanación de errores. Posteriormente se publicará la lista definitiva de solicitantes, asignando un número para tomar parte en el sorteo.
De todo esto se dará la oportuna publicidad a través de un díptico que será buzoneado a todos los domicilios del municipio dando información de los requisitos a cumplir para optar a las viviendas de Protección Oficial.
Se opta por otra modalidad para enajenar suelo público municipal, pues con el anterior concurso de venta de parcelas para la construcción de V.P.O. en régimen de cooperativa se ha constatado un malestar por parte de algunas personas que no han sido adjudicatarias de las parcelas, cuestionando injustamente las decisiones del Ayuntamiento, pese a que todo el procedimiento se ha llevado con absoluta transparencia y legalidad, aprobándose por unanimidad del Pleno Municipal en la adjudicación de las parcelas a las correspondientes cooperativas, y resolver las posteriores alegaciones presentadas. Debemos aclarar que el Ayuntamiento no adjudicó las parcelas a personas individuales si no a sociedades cooperativas y en ningún caso otorgó viviendas, solo terrenos.
Con éste nuevo procedimiento será la empresa privada quien inscriba a los solicitantes que reúnan las condiciones establecidas en el pliego. El Ayuntamiento cotejará los expedientes y será quien lleve el proceso de sorteo entre las personas que finalmente acrediten todos los requisitos.

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